El pasado 9 de enero de 2018, fue publicado un decreto del Alcalde de Maracaibo, donde se anuncia la creación de un “Aporte Especial Único para el Rescate de Maracaibo”, equivalente al uno por ciento (1%) de los ingresos brutos obtenidos tanto por personas naturales como jurídicas que hayan hecho actividades económicas en nuestra ciudad, durante el año fiscal 2017.

Dicho decreto se justifica ante la “necesidad de prestación extraordinaria de los servicios públicos en el municipio Maracaibo”. Sobre la creación de dicho aporte, debemos resaltar que el mismo no fue aprobado por el Concejo Municipal bajo el procedimiento y la forma de ordenanza, sino que lo crea el Alcalde por Decreto, y en dicho decreto lo califica como “precio público”.

Conceptualmente hablando, se denomina “precio público” a la contraprestación monetaria que el municipio recibe por la prestación de un servicio de solicitud voluntaria por el contribuyente, siendo este quien demandó voluntariamente tal servicio y presta su consentimiento para el pago del mismo.

Si este aporte es un “precio público”, como lo define el Decreto, el mismo solo se debería pagar si se demanda tal servicio y además se preste su consentimiento para dicho pago. Ahora bien, quien no solicite el servicio no puede ser obligado a pagarlo, ya que tal obligatoriedad solo es consecuencia de los tributos (se crean por ley y no por decreto, en el caso del Municipio por Ordenanza), y el “precio público” no es un tributo.  Incluso, se establece en el decreto una multa para aquellos que no paguen dentro del lapso establecido (15 de enero hasta el 15 de marzo de 2018, inclusive).

Diferente hubiese sido que el aporte se creara bajo la forma de una tasa. La tasa como especie de tributo se crea por ley, pasando por su discusión y sanción en la Cámara Municipal, y se origina por la prestación de servicios públicos inherentes al Estado, que no puedan realizar los particulares libremente, y son de solicitud o recepción obligatoria para los contribuyentes. Tenemos pues, un aporte que no fue creado por ley, pero se exige coactivamente, es decir, no está cumpliendo con las características ni los elementos de ninguna de las figuras estudiadas, ni es una tasa, ni sería un “precio público” (a pesar de su calificación).

Debemos señalar que en principio, es un aporte que incumple con el Art. 317 de la CRBV y viola los artículos 162, 163, 165 y 166 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Asimismo, viola el principio de la irretroactividad de la Ley, al pretender cobrar dicho aporte sobre los ingresos brutos obtenidos el año pasado. De allí que concluimos que este “Aporte Especial Único para el Rescate de Maracaibo”, no se rige por la legalidad vigente.

Por otro lado, el país vive en estos momentos la peor crisis económica-social experimentada en su historia moderna, debido a la aplicación de un modelo de desarrollo equivocado. De allí que las empresas están haciendo grandes esfuerzos por mantener operaciones y evitar cerrar sus puertas, con la consiguiente pérdida de puestos de trabajo.

No solo se trata del pago de una gran cantidad de impuestos legales en todos los niveles (local, regional y nacional), sino también el pago por servicios que deberían ser suministrados por el Estado, pero que de hecho son virtualmente inexistentes, como seguridad y vigilancia, electricidad, agua, gas y transporte. Este marco legal de impuestos y servicios cobrados sin ser suministrados, lo único que ocasionan es asfixiar y truncar toda posibilidad de que el sector privado pueda producir,  crecer, innovar y emprender la recuperación del país.

Al final, lo procedente es que la nueva administración de la Alcaldía presente a la Cámara Municipal, al sector empresarial y a la opinión pública, un plan o proyecto de desarrollo dirigido al rescate de la ciudad, con objetivos específicos, plazos de ejecución y sus correspondientes necesidades de financiamiento.

Hasta tanto eso suceda, el sector empresarial local, agrupado en sus gremios naturales y con toda responsabilidad, solicita al Alcalde de Maracaibo la suspensión del cobro de dicho aporte.

La Alcaldía de Maracaibo puede tener la certeza que el sector empresarial local va a apoyar todo esfuerzo serio y planificado, destinado a mejorar la infraestructura y los servicios en nuestra ciudad, pero siempre bajo el amparo de la legalidad. De allí que llamamos a las autoridades locales, tanto en la figura del Alcalde, su tren ejecutivo y al grupo de concejales, a iniciar todos juntos y de inmediato, una profunda discusión pública sobre los problemas que presenta la ciudad y las posibles soluciones a los mismos.

Con el consenso y el apoyo de todos, Maracaibo será nuevamente una ciudad de crecimiento y desarrollo, con calidad de vida y servicios públicos eficientes, orgullo de sus ciudadanos.

Maracaibo, 23 de enero de 2018

Fedecámaras Zulia, Asociación de Comerciantes e Industriales del Estado Zulia, Asociación de Importadores y vendedores de Repuestos Automotrices del Estado Zulia, Asociación de Agentes Aduanales del Estado Zulia, Asociación de Panaderías, Pastelerías y Afines del Estado Zulia, Cámara de la Construcción del Zulia, Cámara de Comercio de Maracaibo, Cámara Licorera delEstado Zulia, Cámara Hotelera del Estado Zulia, Cámara de Industriales del Estado Zulia, Cámara Inmobiliaria del Estado Zulia, Cámara Empresarial de la Zona Industrial de Maracaibo, Cámara Nacional de Talleres Mecánicos-Capitulo Zulia, Cámara de Transporte del Zulia y Unión Empresarial del Comercio y los Servicios del Estado Zulia.

Escucha el audio del comunicado haciendo clic aquí