Consecomercio recibe con beneplácito el Decreto No. 5.293, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria No. 7.014, del viernes 20 de marzo de 2026, que exonera del pago de Impuesto al Valor Agregado, así como cualquier impuesto, tasa o gravámenes aduaneros, a las mercancías que ingresen al territorio que formen parte del equipaje de los pasajeros, procedentes de la Zona Libre de la Península de Paraguaná y del Puerto Libre del Estado Nueva Esparta, siempre y cuando no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a tres mil (3.000) veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela.
El pasado mes de febrero, Consecomercio, presidido por José Gregorio Rodríguez, entregó una carta a la presidenta (E) Delcy Rodríguez, solicitando la prórroga o renovación del Decreto del cupo de equipaje acompañado, considerando que la continuidad de este beneficio es indispensable para incentivar el flujo de visitantes, el turismo de compras y reactivar el comercio local.
El sector del comercio y los servicios ratifica que aplicar incentivos fiscales contribuye con la actividad turística y económica de ambas regiones.
Asimismo, el decreto con una vigencia de cinco años garantiza la transparencia mediante el requisito obligatorio de facturas fiscales y la debida verificación por parte de las autoridades aduaneras.
Consecomercio celebra las iniciativas que promueven el desarrollo económico y social de nuestro país.
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