Acceso a la Justicia: »Fiscalía debería presentar caso ante la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI»

Alí Daniels, Abogado En Derecho Administrativo y Director De La ONG Acceso a La Justicia, explicó que está ocurriendo un cambio de estrategia del Gobierno respecto a la Corte Penal Internacional (CPI).
Indicó que el elemento para valorar esta apreciación es el cambio de la Embajadora de Venezuela ante la Corte Penal Internacional, así como también el decreto que coordinó la reestructuración de la Policía Nacional, la rueda de prensa de la Fiscalía donde se menciona que a la CPI le falta transparencia y las declaraciones donde se cambia el relato de los casos emblemáticos de Juan Pablo Pernalete, Fernando Albán y Rafael Acosta Arévalo.
Agregó que las familias de las víctimas no están de acuerdo con estos cambios porque en ninguno de los tres casos tuvo que hacerse esa acción. 
Daniels señaló que se cambió el relato en los tres casos para buscar tener beneficio propio por parte del Estado. 
‘’En Venezuela el año pasado Provea (Programa Venezolano de Educación Acción En Derechos Humanos) reportó 2.853 ejecuciones extrajudiciales (…) y solamente el Fiscal señala que hubo 153 condenas en 3 años que tiene como fiscal.’’
Recalcó que ni se acerca a lo que es la violación de Derechos Humanos en el país y que es eso lo que se quiere presentar ante la Corte como un trabajo de lucha de impunidad de Derechos Humanos.
El abogado mencionó que todo esto tiene que ver con el mensaje que dio la Fiscal de la CPI en el año 2020 donde decía que antes de irse en el mes de junio cerraría el examen preliminar venezolano.
‘’Claro ya estamos en mayo, por eso es que las fechas no son coincidencia en nada de lo que tenga que ver con la Corte Penal, el Gobierno no hace cosas espontáneas, todo lo hace previamente calculado.’’
En entrevista para Análisis de Entorno conducido por Betania Pérez Álvarez y Juan Carlos Salas acotó que luego de que Tamara Suju consiguió testimonios directos de las víctimas de violaciones de Derechos Humanos, la consecuencia no debería ser sino cerrar el exámen preliminar y proceder a presentar un caso ante la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional.
‘’El artículo 17, numeral 2 dice que si una investigación se hace para que el responsable evada su culpa ante una Corte, si se hace con demora injustificada o si se hace en un proceso que no es ni imparcial ni independiente, esa investigación no es válida para la Corte Penal Internacional.’’

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