Civea cataloga de «positiva» la derogación de la resolución que designaba a fabricantes, productores e importadores de bebidas alcohólicas como perceptores del IVA

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El director ejecutivo de la Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas (CIVEA), Luis Enrique Cárdenas, sostuvo que, después de varias reuniones con la Superintendencia de Administración Aduanera y Tributaria, la solicitud de derogar la resolución que designaba a fabricantes, productores e importadores de bebidas alcohólicas como perceptores del IVA, fue aprobada.

Teniendo en cuenta que el artículo 3 de la nueva resolución del Seniat establece que los expendedores de bebidas alcohólicas que tengan inventario con el IVA ya percibido «no deben incluir en la facturación el referido importe tributario hasta agotarse dicho inventario».

El director ejecutivo de Civea agregó que se encuentra muy satisfecho, ya que por fin se logró tener una propuesta formal. Asimismo, explica que las empresas señaladas deben notificar al SENIAT, los montos que sean percibidos por concepto del IVA antes de la publicación de la resolución derogatoria dentro del plazo establecido para la declaración del referido impuesto, según corresponda.

Igualmente se establece que los que tengan inventario con IVA ya incluido, no lo deben incluir en la facturación tributario hasta que se agote dicho inventario.

«Es importante, desde diferentes puntos de vista. Afirmamos que es una medida correcta, viéndolo desde el sector formal, ya que esto nos pone a nosotros a pagar y a declarar lo que nos corresponde, siendo esto muy importante, dándonos cierto balance y equilibrio». destacó

Cárdenas acotó, que esto permite que el resto de los eslabones de la cadena, hagan sus declaraciones y sus pagos al Seniat, según corresponda. Generando así, mayores ingresos tributarios, con el fin de ayudar a que este sea un mercado de bebidas alcohólicas mucho más sano y formal. Es por ello que los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, deberán declarar y pagar el impuesto de valor agregado, de acuerdo a lo que fue establecido en dicha norma.

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