Ecoanalítica: sanciones de Estados Unidos ponen al gobierno en jaque

Bajo los términos de la OE 13850, las personas o entidades designadas como SDN son toxicas. Sus cuentas y activos bajo jurisdicción estadounidense son inmediatamente bloqueadas y no se les permite realizar ninguna transferencia que involucre dinero, deuda o acciones. Además, los artículos 3 y 4 cierran todo posible camino de evasión al penalizar hasta las donaciones y pagos en especie u otras monedas. Quienes envíen o reciban alguna transferencia intentando evadir las sanciones también son sujetos a sanción.

De esta manera, se elimina la posibilidad de que PDVSA venda crudo en EEUU o importe diluyentes y se envía un mensaje a los proveedores en Estados Unidos de bienes o servicios de PDVSA para que rompan sus relaciones. Dada la magnitud del impacto de las sanciones sobre el sector que representa 90,9% de las exportaciones venezolanas, y que constituía el principal enlace económico entre ambas naciones, la OFAC emitió ocho nuevas licencias generales que regularán el comportamiento de las entidades estadounidenses respecto al sector. Estas licencias están numeradas entre el 7 y el 14, en el cuerpo legal de las sanciones de Estados Unidos a Venezuela.

Los economistas Luis Arturo Bárcenas y Giorgio Cunto de Ecoanalítica explican  que esta es una nueva orden ejecutiva en donde se está ampliando el ámbito de acción de las sanciones, que ya se habían definido por parte del gabinete del presidente Trump en noviembre sobre las restricciones en aquellas empresas que operaban en el sector petrolero local.

Bárcenas indica, “estamos hablando de una restricción fuerte a las operaciones de esta industria, particularmente las exportaciones o venta de petróleo o crudo  de PDVSA hacia EE.UU, que es uno de nuestros principales compradores”.

Por su parte en términos del marco donde se apoyan estas sanciones está la orden ejecutiva 13850 que fue originalmente emitida en noviembre y establece el congelamiento tanto de activos en Estados Unidos como de todas las relaciones que pueda tener una persona o firma que se maneje bajo la jurisdicción estadounidense con aquellos entes bloqueados. Lo que pasó este lunes fue que PDVSA entró dentro  del alcance de esa orden ejecutiva, lo que quiere decir es que de entrada la relación entre los actores americanos y PDVSA están congeladas, y las licencias lo que hacen es establecer ciertas ventanas que flexibilizan la acción de algunos cuantos agentes para mitigar los impactos que puedan tener, particularmente agentes vinculados al entorno estadounidense”.

Para limitar el impacto de la sanción a PDVSA, sobre los balances de sus cinco principales socios operativos estadounidenses, la licencia general 8 da un periodo de seis meses a Chevron, Halliburton, Schlumberger, Baker Hughes y Weatheford International, para que poco a poco cierren sus operaciones en Venezuela y repatrien los activos que puedan, mientras culminan los proyectos ya planificados con PDVSA. Mientras tanto, están autorizados a operar de la misma manera que lo hacían hasta este 27 de enero, con la única excepción de que tienen prohibido  facilitar la importación de diluentes hacia Venezuela desde EE.UU.

En el marco de la OE 13850, no se pueden realizar transacciones ni recibir pagos de un SDN, por lo que transar títulos de deuda corporativa de PDVSA siendo una entidad americana pierde sentido. Por ende, se enmendó la licencia general 3A que hacía referencia a los bonos venezolanos que se permiten transar en contraposición a las disposiciones de la OE 13850 (agosto 2017) para retirar los bonos corporativos de PDVSA de la lista. Así los bonos de PDVSA pierden toda su demanda proveniente de fondos con intereses en el mercado americano y se prevé que su precio colapse y el de PDVSA termine de ocurrir en default.

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