En una medida que apunta a reforzar el control sobre sectores estratégicos del comercio exterior, el Ministerio de Economía y Finanzas ha publicado una resolución en la Gaceta Oficial N° 43.166, con fecha 9 de julio de 2025, mediante la cual se modifican los regímenes legales de importación y exportación para 29 subpartidas arancelarias vinculadas principalmente a vehículos automotores y partes relacionadas.
Concretamente, la resolución modifica las columnas 5 y 6 del artículo 37 del Decreto N° 4.944 (del 24 de abril de 2024), que contiene el Arancel de Aduanas vigente. Las modificaciones implican la aplicación del Régimen Legal 20 —correspondiente a licencias previas o restricciones especiales— a la importación de las subpartidas especificadas.
Entre los códigos arancelarios afectados se encuentran los correspondientes a motocicletas, automóviles, vehículos para transporte de mercancías, así como partes esenciales como motores, chasis, y neumáticos. Algunos ejemplos destacados incluyen:
- 8701.21.00.00 – Tractores para semirremolques
- 8703.22.10.10 – Vehículos de cilindrada entre 1.000 cm³ y 1.500 cm³
- 8703.90.90.00 – Otros vehículos automóviles
- 8711.20.20.00 – Motocicletas con motor eléctrico
- 8716.31.00.10 – Remolques o semirremolques cisterna
En todos los casos, el Régimen Legal 20 aplicará para la importación, lo cual indica que las mercancías requerirán una autorización especial o licencia previa emitida por el órgano competente. En el caso de exportaciones, la mayoría mantiene el régimen general, salvo algunos ítems como el 8716.31.00.10, que deberán cumplir con los regímenes 11 y 20.
FINANZAS DIGITAL