Justicia social para los trabajadores migrantes: una cuestión de interés común

La justicia social es la piedra angular de una paz duradera y una convivencia próspera.

Al conmemorar este Día Mundial de la Justicia Social, queremos poner el acento en los 150 millones de trabajadores migrantes del mundo. Muchos de ellos son objeto de explotación, discriminación y violencia, y ni siquiera pueden acogerse a los sistemas de protección más básicos. Además, las mujeres, quienes conforman el 44 por ciento de los trabajadores migrantes, son las más afectadas por esa realidad.

En la actualidad, la mayoría de la migración está vinculada, directa o indirectamente, a la búsqueda de oportunidades de trabajo decente. Sin embargo, un gran  número de trabajadores migrantes acaban atrapados en empleos caracterizados por una baja remuneración y condiciones de trabajo inseguras e insalubres —con frecuencia en el contexto de la economía informal— donde se vulneran sus derechos laborales y otros derechos humanos. A menudo, para conseguir un empleo se ven obligados a pagar elevadas comisiones de contratación que, en promedio, equivalen a más de un año de salario, y tampoco se puede obviar la elevada vulnerabilidad de los migrantes al trabajo infantil y al trabajo forzoso.

Los trabajadores migrantes, como cualquier trabajador, tienen derecho a recibir un trato justo, y ello es indispensable para preservar el tejido social de nuestras sociedades y avanzar en la consecución del desarrollo sostenible.
Una migración laboral bien gestionada, justa y eficaz puede reportar beneficios y oportunidades a los trabajadores migrantes, sus familias y sus comunidades de acogida. Puede, asimismo, conciliar la oferta y la demanda de mano de obra, facilitar el perfeccionamiento de las competencias y propiciar su transferencia en todos los niveles, contribuir al mantenimiento de los sistemas de protección social, impulsar la innovación empresarial y enriquecer las comunidades cultural y socialmente.

Una buena gobernanza favorecerá una sólida cooperación entre regiones y corredores migratorios. En ese sentido, cabe señalar que sus procesos deberían regirse por las normas internacionales del trabajo y, en particular, los principios y derechos fundamentales en el trabajo, así como los convenios de la OIT y las convenciones de las Naciones Unidas pertinentes. Además, el Marco multilateral de la OIT para las migraciones laborales y los Principios generales y directrices prácticas para una contratación equitativa brindan orientaciones adicionales al respecto.

La OIT fomenta la adopción de marcos de gobernanza en pro de una migración laboral justa en todos los niveles: mundial, regional y nacional. En ellos se propone, por ejemplo, aplicar un enfoque “pangubernamental” integral e  integrado  con la colaboración activa tanto de los ministerios de trabajo como  de las empresas y las organizaciones de empleadores y de trabajadores, es decir, aquellos que se encuentran en la primera línea de los mercados de trabajo.

En 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió iniciar un proceso de negociaciones para elaborar un pacto mundial para una migración segura, ordenada y regular con miras a mejorar la gobernanza de la migración, abordar los retos conexos e intensificar la contribución de los migrantes al desarrollo sostenible.

Así pues, está en nuestras manos hacer de la migración laboral un fenómeno beneficioso tanto para los migrantes como para las comunidades de acogida. La forma en que nosotros, la comunidad internacional, demos forma a ese pacto y ayudemos a los Estados Miembros en su aplicación será decisiva para determinar la evolución futura de la migración laboral.

 

Créditos: OIT