La ACNUR declara oficialmente a los migrantes venezolanos como refugiados

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha declarado oficialmente a los migrantes venezolanos como “refugiados” ante todos los países de la región y del mundo.

Redacción Venezuela Al Día

La medida pide a los países de acogida otorgar a los venezolanos un estatus legal sin importar el tiempo de entrada de la persona, asimismo sugiere crear mecanismo que les permita tramitar los casos de asilo con mayor celeridad.

Los refugiados venezolanos no podrán ser deportados, ya que las condiciones en Venezuela no permiten un posible retorno y debido al flujo significativo de ciudadanos que continúan saliendo para huir de la crisis. “El ACNUR insta a los Estados a garantizar que las personas que se beneficien  de estos mecanismos se les expida un documento oficial reconocido por todas las autoridades gubernamentales”, se lee en el documento.

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El ACNUR pide a las naciones solidarizarse con la protección internacional hacia los venezolanos, ya que no es una medida política, sino humanitaria, la cual se encuentra suscrita en la Declaración de Cartagena, acuerdo al que también esta inscrito Venezuela

La misiva dice: “Ante la gran variedad de información disponible sobre la situación de Venezuela, el ACNUR considera que las circunstancias generales que conducen a la salida de ciudadanos venezolanos podrían estar contempladas en el espíritu de la Declaración de Cartagena”.

También el organismo internacional para los refugiados de la ONU, afirma que esta disponible para trabajar en conjunto con los Estados que lo requieran y los llama a combatir seriamente el racismo, la discriminación y la xenofobia hacia los migrantes de Venezuela, luego de ver la ola de agresiones en diversos países contra los venezolanos.

Cabe destacar que el término de refugiado se define con exactitud en la propia Ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas, de la República Bolivariana de Venezuela y que se presenta como una total realidad que padece el venezolano.

“El Estado venezolano considerará como refugiado o refugiada a toda persona a quien la autoridad competente le reconozca tal condición, en virtud de haber ingresado al territorio nacional debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política, y se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad, no pueda o no quiera regresar al país donde antes tuviera su residencia habitual”, reza el Capítulo I, De la Condición de Refugiado o Refugiada.

 

Créditos: Venezuela Al Día