OPINIÓN| Aumento de Unidad Tributaria afecta a contribuyentes naturales y jurídicos

REUTERS / Manaure Quintero
Econ Dilio Hernandez, director del CIAP y Asesor de Fedecámaras Táchira.

La Unidad Tributaria (UT) es un instrumento para actualizar los montos tributarios establecidos por la ley frente a las variaciones de los procesos inflacionarios de la economía, evitando modificaciones permanentes de los tributos (Impuestos, Tasas, Contribuciones especiales, etc) para ajustarlos a estos cambios.

No hacerlo oportunamente se traduce en un retardo en el uso adecuado del instrumento conduciendo a prácticas de subvaloración o sobrevaloración de la UT que distorsiona el sistema tributario y termina afectando a los contribuyentes naturales o jurídicos.

En el caso venezolano, el rezago en la actualización de la UT, subvaloración, se ha convertido en un fenómeno repetitivo intencionado de los últimos 15 años, matizada con los procesos de reconversión monetaria. Esta subvaloración de la UT ha permitido al Ejecutivo extender el número de contribuyentes a casi toda la población, especialmente en la declaración del ISLR.

Todo aumento nominal de las bases imponibles superiores al valor nominal del aumento del valor nominal de la UT se traduce en que se graban rentas que crecieron nominalmente (ejemplo las personas que ganan salario mínimo) pero que disminuyeron en términos reales frente al poder adquisitivo de esas rentas.

Es decir, se cobran más impuestos a las personas naturales o jurídicas que ganan “más” en términos nominales, pero menos en términos reales.

El nuevo monto de la UT significó un incremento de la misma en aproximadamente unos 1900 % en relación al valor del 2021 (0,02 bs a 0,40 bs o 0,08 dólares aproximadamente) que implica que todas las tasas impositivas deben ajustarse con este incremento, en el caso del ISLR, aunque su efecto es para el año 2023 se traducirá que las personas naturales o jurídicas que hayan obtenido rentas superiores a las 1000 UT netas o 1500 UT brutas deberán pagar este impuesto.

Una persona natural que gana salario mínimo mensual de (30 $ USA) es decir unos 360 $ anuales u obtiene rentas netas superiores a 120 $ anuales, deberá declarar el ISLR, si no está sujeta a exención.

Esto implica que el pago de este impuesto abarcará casi toda la población, en una economía donde la canasta básica de alimentos mensual de una familia supera los 400 $ USA , es decir no tiene para comer pero debe pagar el ISLR.

En el caso del sector privado, el aumento de la UT, siempre es cargado a la estructura de costos de los bienes y servicios finales, lo cual se traduce en un impacto directo en los precios que afecta al consumidor final.

Finalmente es importante señalar, que si bien el ajuste de la UT frente al proceso inflacionario luce coherente con la lógica tributaria, que en el caso, 1900 %, es superior a la inflación acumulada proyectada para el año 2022 ( 300 a 500 %) esta variable está condicionada al mantenimiento de la política monetaria de contención del valor del tipo de cambio con intervenciones periódicas del BCV que ascienden en el primer trimestre del 2022 a más de 860 millones de dólares (produciendo una sobrevaluación entre 4 y 5 % del bolívar frente al dólar), sumada a una política restrictiva del crédito bancario y una disminución del gasto público que obstaculiza la reactivación económica del país, distorsionando los indicadores de inflación que finalmente pueden superar el ajuste de la UT.

Lea también: