¿Qué debemos saber sobre los días no laborables? por Daniela Arévalo

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La doctora y abogada especialista laboral de la firma Littler Mendelson, Daniela Arévalo, trató el significado de los días no laborables en Venezuela en portales con Actualidad Laboral

La finalidad de un día feriado es la participación de empleados en determinadas fiestas (Religiosas, patrias o de otras trascendencias) y la celebración del bicentenario de Ezequiel Zamora es considerado un día feriado. La ley orgánica del trabajo establece que el recargo que corresponde por un día feriado sería el salario normal “más un recargo del 50% proporcional a las horas de trabajo”, es decir, una ganancia de 2.5 días de trabajo, expresó.

El mismo decreto dicta que se exceptúan los sectores públicos que no pueden ser interrumpidos “se les tiene que pagar de igual forma con el recargo correspondiente” pero el decreto dictaba que no entraba entre las excepciones el sector público y niega el derecho al recargo, en cambio, la ley establece que las privadas lo tendrían sin ninguna distinción.

Hay una diferenciación el trato entre los sectores públicos y privados “en efecto podíamos alegar que hay un tema de discriminación” pero resulta difícil argumentar debido a que es un decreto presidencial. Aquellas empresas que realicen empresas continuas o que no son susceptibles a interrupción también recibirán un recargo según este decreto.

Escuche la entrevista completa haciendo clic aquí

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