Reactivación del cobro de impuestos en Caroní diezmará la actividad económica formal

Fedecámaras Bolívar denunció que en el municipio Caroní no se ha escuchado al sector empresarial y esto generará un impacto negativo en el bienestar de las empresas. 

A través de la sentencia N° 0161 del 20 de noviembre, el Tribunal Supremo de Justicia levantó, en 14 municipios del país, la suspensión de 90 días decretada por medio de la sentencia N° 078, del 7 de julio de 2020.

Con esta se suspendía temporalmente la aplicación de instrumentos normativos, tanto estadales como municipales, que establecieran tasas o contribuciones de naturaleza tributaria, como respuesta al contexto de pandemia.

Acuerdo de armonización tributaria

Junto a la decisión de suspender el cobro de tasas y contribuciones en los municipios del país, se ordenó la creación de mesas técnicas de armonización tributaria en coordinación con la Vicepresidencia para el Área Económica.

La armonización tributaria planteada en la sentencia 078, se reguló a través de la sentencia N° 118 de agosto de 2020, y en esta se estableció que la suspensión se mantendría hasta que los municipios se adecuasen al acuerdo de armonización tributaria y presentasen un informe con respecto a su aplicación.

Hasta la fecha, 14 municipios ya cumplieron esta medida de suspensión. Sin embargo, desde el sector empresarial se denunció que no se ha entendido el objetivo de la armonización.

La petición del sector empresarial era sentarse a evaluar el impacto económico que tendría la imposición de alícuotas; no fue respondida y lo que vemos ahora es el resultado de una decisión unilateral.

Camilo London, asesor de Fedecámaras Bolívar y director de la Cámara de Comercio de Caroní, explicó que las solicitudes establecidas desde Fedecámaras Bolívar y la Cámara de Comercio de Caroní no fueron tomadas en cuenta y la única modificación que se hizo fue extender el plazo de pago, de 7 días a 15 días, por un asunto de logística.

“Si tenía que declarar el 7, y el 14 lo hacía mi agente de retención; no aparecía en sistema”, comentó.

Además, destacó que hubo una modificación de las alícuotas: “algunas fueron disminuidas y otras aumentadas; pero siempre quedamos en los límites”.

London apunta que el aumento de los impuestos se enfoca en el sector comercial, algo que perjudica a la formalidad, y como consecuencia, promueve la informalidad.

Con respecto a estas decisiones, consideró lamentable que no se haya atendido o entendido la situación en la que están operando muchas empresas en el municipio; según indicó, las empresas requerían de un alivio tributario contrario al que se había aplicado y formalizado con esta reforma.

Acciones por parte del sector empresarial

El asesor de Fedecámaras Bolívar manifestó que desde el sector empresarial se elevará el reclamo ante el TSJ, el órgano que aprobó la ordenanza que tiene, a su juicio, muchos vicios.

“Esto va a mermar o diezmar la actividad económica formal, especialmente de las nuevas empresas y emprendedores; es una ordenanza que afecta en mayor grado a las empresas más pequeñas y emprendimientos. El que comienza una actividad económica, lejos de formalizarse, pensará en mantenerse en la informalidad”, señaló.

Para London, la informalidad no le conviene a nadie, no le conviene a la municipalidad, al país y al sistema formal de empresas. Ante esto, el rol del gremio es seguir insistiendo en la necesidad de racionalizar la carga tributaria que se le está imponiendo a las empresas.

“Pareciera que se sigue trabajando para sacar el máximo provecho de las empresas para el mantenimiento de la alcaldía, y no hay una distribución equitativa”, precisó.

La sentencia y la descentralización

Para Alí Daniels, director de la Organización No Gubernamental Acceso a la Justicia, en la sentencia el proyecto constitucional ha sido dejado de lado.

“La constitución tiene un proyecto, y el gobierno tiene otro, con respecto a la descentralización”, puntualizó.

Según Daniels, se pretendió un proyecto sin darle herramientas a las instituciones para hacerlo, cuando el ideal es un Estado descentralizado.

“La Constitución le da estas competencias al municipio; la sentencia no dice por qué otro órgano tiene que decirle o darle el poder al municipio. Constitucionalmente el municipio ya tiene el poder de hacerlo. En vez de educar a los funcionarios, les impone lo que debe hacer”, explicó.

Para el director de Acceso a la Justicia, los municipios no tienen cultura institucional y cada alcalde al llegar se siente con todo el poder de hacer y deshacer todo a su manera creando excesos.

“Hay municipios donde la multa es varias veces lo que cualquier empresa puede generar anualmente; es para meterle miedo al empresario, si no quieres que te multe, paga lo que te pido”, añadió.

Ante esto, Daniels propuso como alternativa reunir a los alcaldes, capacitarlos, explicarles los resultados de promover la institucionalidad en las alcaldías sin importar quién esté a la cabeza.

“Es más fácil controlar a los establecimientos, y recaudar allí, que tener una alcabala para poder regular el control del pago de los trimestres de los vehículos. Si yo aumento eso debo tener mecanismos para regularlo o exigir el pago. En cambio, para los comerciantes de diferente porque no puedo mudarme de un día para otro, el local es fijo, debo cumplir y no evadir. Es más fácil cobrar a los empresarios”, indicó.

Con respecto al sector inmobiliario, destacó todas las regulaciones existentes para evitar que saquen de su casa a las personas y cómo esto afecta la recaudación oportuna de los impuestos en esta área.

Como consecuencia, el sector comercial es el principal objetivo de las cargas impositivas, y no se considera el hecho de que “es mejor cobrar menos y seguir cobrando, a cobrar mucho y que las empresas cierren. Hace falta educación; hace falta que los alcaldes manejen el municipio como gerentes”, finalizó.

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