La fuga de talento es un problema que está afectando a las empresas venezolanas en estos momentos. La dificultad de recibir un salario digno, hace que los profesionales venezolanos prefieran irse del país a buscar una mejor remuneración por su trabajo profesional en moneda extranjera.

Daniela Arévalo, abogado laboral de Littler Venezuela, conversó con Noemí Cendón y Heller Palma del portal Actualidad Laboral, en el programa “Portales”, sobre las formas de retener personal a través del pago en moneda extranjera.

¿Es legal pagar en moneda extranjera? “Muchas personas y empleadores piensan que es algo ilegal, pero eso es una percepción errada. En Venezuela es completamente legal en pago en moneda extranjera, de hecho, ni la Legislación para el Trabajo ni la Constitución de Venezuela lo prohíben”, indicó Arévalo.

El pago es completamente válido siempre y cuando se haga de una manera adecuada con la documentación que corresponda.

La recomendación que la abogado de Littler Venezuela ofreció fue, para aquellos empleadores que manejan personal de alta gerencia “que se realice de una manera adecuada, documentándolo y de ser posible pues a través de un depósito en una cuenta en moneda extranjera”.

¿Qué requisito debe tener una empresa para realizar estos pagos en moneda extranjera?

Cuando un empresario quiere incrementar este beneficio para retener personal, por el general puede ser como un bono de retención o un bono por inflación que se está utilizando mucho en esta situación de crisis que vive en el país, dependiendo de las necesidades que tiene la empresa, lo fundamental es su implementación e implementarlo en forma adecuada, es realizar una adecuada documentación”, explicó la abogado laboral.

Esto quiere decir, que cada empresa debe tener una documentación escrita con cuales son las condiciones que se estará otorgando los beneficios, para ayudar a cierta categoría de trabajadores. Así podrá atar a las condiciones que se vive el país y si esto se quiere incrementar de una manera temporal que haya una documentación por escrito por el cual se evidencia la voluntad que tuvo el patrono de atar esos beneficios a ciertas condiciones

Esto se realiza para cuando la empresa no pueda cumplir con esta porción en moneda extranjera, se deba disminuir o modificar, siempre se podrá liberar el empleador, así siendo el pago en moneda local.

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