La Cámara de Comercio e Industrias de Piar y Fedecámaras Bolívar solicitaron la derogación del decreto 008-22, al violar lo establecido en el Código Orgánico Tributario y tener vicios que podrían afectar al sector privado del municipio Piar.

El asesor permanente y especialista tributario, Camilo London, explicó que el decreto tiene al menos cinco vicios, entre los cuales está darle a la alcaldía potestades que no les corresponden, como la definición de un procedimiento administrativo para la determinación de la obligación tributaria.

“Al ejecutivo le corresponde accionar en función de lo que está contenido en la ley, no le corresponde al ejecutivo municipal definir cuáles son los procedimientos para la determinación de la obligación tributaria, esto tiene una reserva legal”, indicó.

Además, señaló que pretender definir un procedimiento especial para la determinación de tributos, desconociendo lo que está dentro de la ordenanza y en el Código Orgánico Tributaria, es una violación a la ley.

  • Aprobado sin cumplir el debido proceso

Añadió que el decreto 008-22 fue aprobado sin una consulta pública donde participaran todos los actores vinculados con el acto administrativo. Al ser aprobado bajo estos términos se viciaría de nulidad todo el proceso.

Asimismo, London explicó que se violó el debido procedimiento de determinación de obligaciones tributarias, al asumirse en el decreto que hay una presunción de evasión tributaria generalizada en el municipio Piar.

Bajo este contexto, el asesor explicó que correspondería desarrollar procedimientos como los que están en la Ordenanza del Impuesto sobre Actividades Económicas como lo son verificación, fiscalización y determinación.

“Pero este decreto establece un procedimiento distinto que no está regulado en la ley”, afirmó. London añadió que el decreto 008-22 omite los debidos procedimientos e impone un impuesto a pagar sin atender el derecho a la defensa y excediendo lo que está en la ley.

Además, la administración municipal se extralimita al imponer sanción a quienes incumplan un decreto que de por sí excede la ley. “De ese procedimiento podría resultar que a una empresa se le prohíba desarrollar su actividad económica en el municipio”, informó.

London explicó que se presume la comisión de un delito con el decreto 008-22, al exigirse tributos que no están contemplados en la ley o al utilizar medios no previstos en ley para su recaudación.

“Si hablamos de un decreto que excede a la ley municipal, al Código Orgánico Tributario y violenta la reserva para definir un proceso de recaudación y determinación de tributos, podríamos estar en presencia de un medio no licito para la exigencia de tributos”, declaró.

El especialista tributario indicó que debe haber una revisión de la alcaldía de Piar para revocar el decreto, atendiendo las denuncias y el planteamiento del sector empresarial. “No se está negado al pago de los tributos, pero los tributos deben estar establecidos en la norma impositivas y los procedimientos de recaudación deben responder a lo dispuesto a la norma, porque nos sometemos a la norma”, añadió.

  • Hay que lograr un acuerdo

La presidenta de la Cámara de Comercio de Piar, Magnolia Lanz, indicó que entregaron una comunicación solicitando una reunión para la nulidad de este decreto y esperan respuestas de autoridades municipales.

El presidente de Fedecámaras Bolívar, Austerio González, indicó que el decreto vulnera al sector empresarial de Piar, cuando lo que se debe es generar políticas públicas que aumenten el número de empresas formales y oportunidades de empleo.

“Queremos buscar un proceso de conciliación tanto con la alcaldesa, como con los concejales, para que como administradores de un municipio puedan lograr una productividad comercial eficiente”, declaró González.

Señaló que las decisiones deben tomarse tanto sector privado como público, para que se logre mejores condiciones tanto para los empresarios, como de vida para los ciudadanos.

Nota de prensa

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