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Las sentencias de la sala Electoral del TSJ del 29 de noviembre, mediante las cuales se suspenden primero los procesos de totalización de actas, adjudicación y proclamación del candidato a gobernador en el estado Barinas, y se ordena luego al Consejo Nacional Electoral repetir las elecciones a gobernador en ese estado el 9 de enero de 2022, constituyen una intromisión inadmisible y arbitraria del poder judicial en el desarrollo del proceso electoral. Dichas sentencias desconocen asimismo el Decreto Presidencial del 31 de agosto de 2020, mediante el cual se concedieron indultos a 110 ciudadanos, entre los que se encontraba el candidato Freddy Superlano.

La convocatoria y desarrollo del proceso electoral conducente al 21-N fue el producto de un diálogo político que permitió el nombramiento de un nuevo CNE y una serie de importantes avances en el proceso de fortalecimiento de la institucionalidad electoral. Al intentar situar el conflicto político fuera de los cauces institucionales, las sentencias del TSJ ponen en grave peligro los avances logrados hasta e momento en el camino de la reconstrucción de la institucionalidad electoral y la vigencia de los derechos políticos de los venezolanos.

Frente a dicha circunstancia, es absolutamente crítico que el cuerpo rectoral del Consejo Nacional Electoral haga respetar su autonomía, demostrando con acciones nítidas su compromiso con la reinstitucionalización, la defensa sin matices del derecho a elegir y a ser elegido y la recuperación de la convivencia democrática.

El pasado mes de mayo, los nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral asumieron el compromiso de organizar, administrar, dirigir y vigilar los actos relativos a los comicios regionales y municipales del 21 de noviembre, garantizando en el proceso el respeto a la voluntad del soberano. En ese marco, casi 9 millones de venezolanos salieron a expresar, con su voto, su compromiso con una solución pacífica, electoral y constitucional del conflicto que atraviesa Venezuela.

Haciendo uso de las atribuciones que les confiere la Carta Magna, las autoridades electorales deben mantenerse fieles al compromiso asumido con la ciudadanía, haciendo respetar, en ese proceso, tanto su autonomía como sus facultades, incluidas las competencias que les permitieron invitar a misiones electorales internacionales. Le corresponde además al CNE, rendir cuentas sobre los procedimientos que permitieron la inscripción de una candidatura sobre la que supuestamente existía una inhabilitación
política.

Las sentencias del TSJ representan un importante retroceso para los actores políticos y sociales, de todos los signos políticos, que han venido trabajando, desde hace mucho tiempo, en la búsqueda de una solución negociada a la crisis venezolana.

A pesar de estos obstáculos, desde el Foro Cívico deseamos ratificar nuestra convicción de perseverar en pro del entendimiento nacional, la construcción de reglas claras, el regreso al estado de derecho y el respeto al principio de la separación de poderes y la existencia de contrapesos, que limiten el ejercicio del poder a favor de los intereses y derechos de la ciudadanía.

En ese sentido, exhortamos a la totalidad de los actores, en los más enérgicos términos, a rechazar las políticas de Estado que persiguen la permanencia de un único grupo político en el poder, a respetar la soberanía popular expresada en las urnas el domingo 21 de noviembre, y a apoyar la decisión de la ciudadanía de seguir avanzando en la reconstrucción de la ruta electoral, la única vía con que cuentan los venezolanos para superar, en última instancia, el grave conflicto político, económico y social que padece el país.

Nota de prensa

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